Por los razonamientos anteriores y visto que la parte demandada no dio contestación a la demanda ni probó nada que le favoreciera, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando e Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la CONFESION FICTA de la demandada INSTITUTO AUTONOMO MUNICIPAL CARNAVAL INTERNACIONAL DE LA FRONTERA, en la persona de la ciudadana ANTONIA DE SILVA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-5.326.540 o de la persona que funja como su representante.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano FERNANDO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad V-1.580.432, domiciliado en San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar, Estado Táchira, a través de su apoderado, abogado Leonardo Colmenares Rincón, inscrito en el I.P.S.A bajo el N.....