PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Ricardo Erasmo Colmenares Guerrero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 214.753, en su carácter de apoderados judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 20 de mayo de 2.025, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia apelada proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 20 de mayo de 2.025, que decidió: PRIMERO: DECLARA SIN LUGARLA DEMANDA DE REIVINDICACIÓ.....