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Últimas Decisiones
Decisiones de antier (27/10/2025)(2 encontradas)
Decisiones del viernes (24/10/2025)(6 encontradas)
Decisiones del jueves (23/10/2025)(1 encontradas)
Decisiones del miércoles (22/10/2025)(5 encontradas)
N° Expediente :5244884 36.916 N° Sentencia : Fecha: 27/10/2025
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
DEMANDNATE:LUIS ALBERTO PARRA CHACON DEMANDADO:S.M CHARAL CORPORATION; Y OTROS.
Resumen:
En la jurisprudencia parcialmente transcrita la cual acoge esta sentenciadora, la Sala de Casación Civil estableció el trámite que debe dársele a la impugnación del poder consignado por la parte demandada, dejando sentado que tal impugnación debe hacerla la parte interesada, es decir, la actora, en la primera oportunidad en la cual actúe en el juicio luego de consignado el mandato, en razón a que este tipo de nulidades sólo pueden declararse a instancia de parte, quedando en consecuencia subsanadas si la parte interesada no solicita su nulidad en la oportunidad debida. Así las cosas, se aprecia que el poder que impugnó la parte demandante por las razones expuestas en el punto previo del escrito presentado en fecha 3 de octubre de 2025, inserto a los folios 141 al 147, fue consignado al expediente mediante diligencia de fecha 27 de junio de 2025, y corre inserto a los folios 108 al 113. Igualmente, se observa que luego de que fue consignado dicho mandato los apoderados judiciales de la.....
Juez/Ponente:
Fanny Ramírez Sánchez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :5244885 36.971 N° Sentencia : Fecha: 27/10/2025
Procedimiento:
Cobro De Bs. Por El Pocedimiento De Intimación
Partes:
DEMANDANTE: CÉSAR ARLEX VANEGAS CONTRERAS DEMANDADO: DANNY STIK VANEGAS CONTRERAS.
Resumen:
En la norma transcrita el legislador estableció un régimen particular para las medidas cautelares en el procedimiento especial de intimación, señalando en forma expresa las medidas cautelares típicas que se hacen procedentes cuando la demanda se encuentra sustentada en los instrumentos expresamente mencionados en la referida norma, a saber, instrumento público, instrumento privado reconocido o tenido legalmente por reconocido, facturas aceptadas o en letras de cambio, pagarés, cheques, y en cualesquiera otros documentos negociables. Obsérvese que el señalamiento que se hace de las medidas es preciso, a saber el embargo provisional de bienes muebles, prohibición de enajenar y gravar inmuebles o secuestro de bienes determinados, sin que para su decreto el juez este obligado a examinar los presupuestos previstos en el Artículo 585 procesal, ya que la procedencia de las medidas en este caso deviene del título en que se fundamenta la demanda. En el caso de autos al estar fundada la .....
Juez/Ponente:
Fanny Ramírez Sánchez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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