Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos LUIS GERARDO MARTÍNEZ MORENO y MARIBEL URBINA SÁNCHEZ, arriba identificados, en consecuencia, queda disuelto el vinculo conyugal contraído entre ellos por acto celebrado el día 28 de Diciembre de 1990, por ante la Prefectura de la Parroquia Pedro María Morantes, Estado Táchira, según acta N° 270.
En cuanto a la adolescente y niña ANYELY ESTEFFANÍA y ANYELA KLARET MARTÍNEZ URBINA procreadas durante su unión conyugal, la patria potestad será compartida por ambos progenitores, la guarda y custodia la ejercerá la madre y podrá viajar con ellas, dentro o fuera del país, así mismo el padre podrá viajar con sus hijas dentro.....