PRIMERO: Declarar Parcialmente Con Lugar el OFRECIMIENTO de OBLIGACION de MANUTENCION, formulado por HERNAN DARIO GOMEZ MORALES, cédula de identidad N° V- 18161458 en favor de su hijo, representado por LIGIA LILIBETH PEÑALOZA TAFUR, cédula de identidad N° V-17678063, como Madre, y ambos de este domicilio;
SEGUNDO: Ordenar a LIGIA LILIBETH PEÑALOZA TAFUR, preidentificada, recibir para su hijo a partir de hoy, UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,oo) mensuales, equivalente a 35,27 % del sueldo mínimo nacional y 11,81 unidades tributarias, como Obligación de Manutención, por depósito bancario, doble (Bs. 3.000,oo) en julio y diciembre por las temporadas,
TERCERO: Ajustar la mensualidad cuando varíen las necesidades del hijo y los ingresos del Padre, en base a los índices del Banco Central;