Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: 1º: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano JESÚS MANUEL CHACÓN CHACÓN, venezolano, mayor de edad, identificado con la Cédula de Identidad número V-2.549.599, contra la Sociedad Mercantil "INDUSTRIAS METÁLICAS PELLIZARI, C.A", hoy "PREFABRICADOS Y CONSTRUCCIONES DE ACERO PELLIZARI, C.A" ("PREACERO PELLIZARI, C.A"). 2°: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por no haber vencimiento total.
Publíquese, regístrese y déjese constancia en las estadísticas del mes respectivo a reportar sin impresión del copiador solo archivo PDF conforme a la Resolución número 2016-00 21, de fecha 14 de Diciembre de 2016, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, así como hágase su respectiva publicación en la página Web del Máximo Tribunal de la República, por región E.....