Decisiones del dia 28/07/2011
N° Expediente :
6535
N° Sentencia :
Fecha: 28/07/2011
Procedimiento: Homologación
Partes: PARTE DEMANDANTE: AGUSTIN FIGUEROA ALVARRACIN, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-10.169.691, ASISTIDO POR EL ABOGADO IRAIMA YANNETTE IBARRA SALAZAR, VENEZOLANO(A), MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-8.087.707, ABOGADO EN EJERCICIO INSCRITO EN EL IPSA BAJO EL N° 65803. PARTE DEMANDADA: TIBISSAY COROMOTO MEDINA ANDRADE, VENEZOLANO(A)S, MAYOR(ES) DE EDAD, TITULAR(ES) DE LA(S) CEDULA(S) DE IDENTIDAD N° V-9.218.703,
Resumen:
Por las razones expuestas, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada en la presente causa, se le otorga su aprobación y se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Conforme lo solicitado por las partes, se levanta la medida decretada y acuerda oficiar lo conducente al REGISTRO INMOBILIARIO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DEL ESTADO TACHIRA y expedir las copias certificadas solicitadas.
Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial en su oportunidad correspondiente.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, Sella.....
Juez/Ponente:
Luisa Emperatriz Medina de Chacón
Organo:
Juzgado de los Municipios Cárdenas Guasimos y Andrés Bello
N° Expediente :
6598
N° Sentencia :
Fecha: 28/07/2011
Procedimiento: Homologación
Partes: PARTE DEMANDANTE: ABG. YOVANY MANUEL ZAMBRANO USECHE MAYOR DE EDAD, PORTADOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. V-9.121.337 INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO 51.301. PARTE DEMANDADA: EDGAR EUSTAQUIO SÁNCHEZ URBINA, MAYOR DE EDAD, PORTADOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. V-10.149.424
Resumen:
Ahora bien, al analizar el caso que nos ocupa este Juzgador observa, que el convenimiento realizado por la parte demandada y debidamente aceptado por la parte demandante, no es contrario a derecho ni está prohibido por la Ley, por lo cual se le imparte su aprobación y consecuencialmente su homologación.
Por las razones expuestas, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACION A LA TRANSACION realizada en la presente causa. A tal efecto se da por consumado el presente convenimiento y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminada la presente causa, archívese el expediente una vez conste en autos el cumplimiento de la transacción. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada, firmada y refrendada en .....
Juez/Ponente:
Luisa Emperatriz Medina de Chacón
Organo:
Juzgado de los Municipios Cárdenas Guasimos y Andrés Bello
N° Expediente :
2637-11
N° Sentencia :
Fecha: 28/07/2011
Procedimiento: Homologación
Partes: DEMANDANTE: SAMUEL VARGAS GARCIA. DEMANDADA: OMAIRA CECILIA FLORES DE CONTRERAS.
Resumen:
La manifestación expresa a un acto de auto composición procesal, no debe merecer ninguna duda, de la real voluntad de las partes de poner fin al proceso, y previa verificación por parte del Juez, se procederá a su Homologación, para su posterior ejecución.
En el caso bajo estudio, de la Transacción Judicial efectuada por quienes son partes, se desprende que la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, y versa sobre derechos disponibles, por tanto el Tribunal; sobre la base de lo que establece el artículo 255 y 256 de la Ley adjetiva civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Titular.
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas.
Juez/Ponente:
Pedro Antonio Gafaro Pernia
Organo:
Juzgado del Municipio Bolivar
N° Expediente :
6782
N° Sentencia :
Fecha: 28/07/2011
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: ERNESTO JOSE BRANGER MORENO
Resumen:
declara suficientes para asegurarle al ciudadano ERNESTO JOSE BRANGER MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-1.554.205, sus derechos de propiedad y posesión sobre las mejoras, construidas en un lote de terreno, ubicado en la Urbanización Las Lomas, Jurisdicción del entonces Municipio San Juan Bautista, hoy Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, formado por parte de la parcela denominada Anzoátegui-14 y parte de la parcela denominada Anzoátegui-15, en el plano General de dicha Urbanización, el cual aparece agregado al cuaderno de comprobantes de la entonces Oficina de Registro del Distrito San Cristóbal, hoy Registro público del primer Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, el 16 de agosto de 1.961, bajo el N° 71, folios 82. El lote de terreno tiene una superficie de total de UN MIL CIENTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS (1.125 MTS.2), y se encuentra dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Zona verde, mide VEINTICINCO METROS (25 mts.); SUR: Con la ave.....
Juez/Ponente:
Juan José Molina Camacho
Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios San Cristobal y Torbes
N° Expediente :
SP21-P-2011--003497
N° Sentencia :
Fecha: 28/07/2011
Procedimiento: Audiencia Preliminar
Partes: LIGIO ANTERO MOLINA CONTRERAS
Resumen:
DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control numero ocho del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado LIGIO ANTERO MOLINA CONTRERAS, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 03-01-1954, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.111.970, de estado civil casado, residenciado en Aguadias, parte alta, casa N° 6-4, La Grita, municipio Jáuregui del estado Táchira; por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el numeral 2 del artículo 420 del Código Penal, en perjuicio de Omar Alfonso Sánchez Puccetti.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, por ser líc.....
Juez/Ponente:
Eliseo José Padron Hidalgo
Organo:
Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control