Dispositiva
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Agrario De La Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Oposición al Embargo Ejecutivo realizada por el Ciudadano ELDER GONZALEZ RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.988.803, comerciante, domiciliado en Santa Bárbara de Barinas, Municipio Ezequiel Zamora, Estado Barinas, asistido de los Abogados ROCIO MAYERLINE SALINAS DE RUÍZ y MARÍA TRINIDAD BECERRA ROJAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. 14.180.957 y 12.847.387, inscritas en el Inpreabogado bajo el N ° 83.119 y 89.778., conforme al artículo 546 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo mencionado, se atribuye la tenencia legítima de las mejoras .....