Por las razones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos RIGOBERTO ZAMBRANO ORTIZ y DILCIA DEL CARMEN ROJAS DE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad No. V-3.191.293 y V-5.029.059, en su orden, contraído por ante el Juzgado del Municipio Santa Rosa de la Circunscripción Judicial del estado Lara; el trece (13) de Septiembre de 1.971, plasmado en Acta de Matrimonio No. 471 (Inserción) del año 1.971, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren y por el Registro Principal, ambos del estado Lara.
Ofíciese lo conducente al Despacho de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del estado Lar.....