REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO DEL MUNICIPIO
CORDOBA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
PARTE DEMANDANTE: JACKELINE COROMOTO FRANCO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.886.640, domiciliada en la carrera 5 N° 15 la avenida, Santa ana Municipio Córdoba.
PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS BUENAÑO SANCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.517.353, domiciliado en el Barrio El hoyo, casa s/n cerca de la quebrada Santa Ana , Estado Táchira.
MOTIVO: HOMOLOGACION AUMENTO DE PENSION DE ALIMENTOS.
EXPEDIENTE N° 383

Visto el acuerdo conciliatorio realizado por las partes en fecha 15 de Diciembre del dos mil Once, donde acordaron la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) MENSUALES, en efectivo y TRESCIENTOS BOLIVARES EN CESTAD TICKETS, para un total de SEISCIENTOS BOLIVARES Mensuales en el mes de Agosto el padre se compromete a comprar los uniformes escolares.
Visto el contenido del acuerdo entre los Ciudadanos JUAN CARLOS BUENAÑO Y JACKELINE COROMOTO FRANCO, y por cuanto no es contrario en derecho en consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Se fija la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.300,00) MENSUALES EN EFECTIVO mas TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs300,00) EN CESTAD TICKETS.
SEGUNDO: En el mes de AGOSTO el padre comprara los uniformes escolares y la madre los útiles escolares.
TERCERO: En el mes de Diciembre el padre comprara el estreno de 24 y el regalo, y la madre comprara el estreno del 31 del mencionado mes.
CUARTO: En cuanto a los gastos médicos ambos padres cubrirán el 50% cada uno, previa presentación del informe médico, récipes y facturas de los respectivos gastos.
QUINTO: Líbrese oficio al banco Bicentenario para la apertura de la cuenta de ahorros
Dada Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, a los nueve (09)días del mes de enero del dos mil d0ce.-
LA JUEZ PROVISORIO,

ABOG. AIDALIA MARGOT IGLESIAS

LA SECRETARIA,

ABG. MIRIAN CAROLINA MARTINEZ