El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 20 de diciembre de 2024, por el defensor ad litem de la demandada, abogado Breithner Enrique Alvarez Pérez, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira en fecha 19/12/2024.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida el diecinueve (19) de diciembre de 2024, por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira, por las motivaciones expresadas en el presente fallo.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandada de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó así CONFIRMADA la deci.....