PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra de las acusadas EVA GELVIS COLMENARES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.999.402, fecha de nacimiento 21-08-1979, edad 26 años; residenciada en Buenos Aires, El Poblado Rubio, calle Sucre 14-91, de profesión u oficio, Estudiante, de estado Civil Soltera, hija de Marlene Colmenares y German Gelvis; y ARACELIS JOSEFINA GURIGUAN DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.339.463, residenciada en Buenos Aires calle Sucre, casa 1-41, El Poblado, Rubio Estado Táchira, edad 35 años de edad, nacida el día 14-02-1970, hija de Dilia Lara y Toribio Guariguan, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418, del Código Penal; en perjuicio de las ciudadanas Belkis Johana Romero Bautista y Belkis Coromoto Bautista de Romero, todo de conformidad con el artícu.....