en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana NEIRA JANETH BUITRAGO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V ?8.109.661, para que tramite todas las gestiones tendentes a lograr el cobro de Pensión de Sobrevivientes y cualquier otro beneficio ante: la Procuraduría General del Estado Táchira, de lo que le pudiera corresponder al adolescente JOSÉ WLADIMIR BUITRAGO ZAMBRANO, por la muerte su madre, la ciudadana FRONILDE BUITRAGO ZAMBRANO, quien era Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.193.233. Es de advertir que los beneficios correspondientes al adolescente JOSÉ WLADIMIR BUITRAGO ZAMBRANO, Venezolano, de dieciséis (16) años de edad, deben ser remitidos a este Despacho en Cheque de Gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CISCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, para ser agregado al expediente Nro. 36.0.....