PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado LUIS RAMÓN SÁNCHEZ ROPERO, de nacionalidad colombiano, natural de Vega de Cáchira, Norte de Santander, República de Colombia, nacido el 15 de enero de 1962, titular de la cédula de residente Nº E-81.409.349, de 46 años de edad, de profesión u oficio albañil, de estado civil soltero, hijo de Elio Sánchez (v) y de Rosa María Ropero (f), residenciado en la Carrera 14, entre calles 1 y 2, casa Nº 1-40, Barrio El Carmen, La Fría, Municipio García de Hevia, estado Táchira, por la presunta comisión de los delitos de DETENTACIÓN DE ARMA BLANCA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 277 y 218 numeral 1° del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda el trámite de la presente causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal previa solicitud fiscal. TE.....