Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE OROZCO CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-22.156.630, asistido por el abogado en ejercicio RAFAEL EUGENIO CARRERO GALAVIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.505, por Reconocimiento de Instrumento Privado suscrito en fecha 15 de marzo de 2022. En consecuencia, se declara JUDICIALMENTE RECONOCIDO por parte de la ciudadana NORA CAMPOS DE OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N. V-22.156.674, en el carácter de cónyuge del CEDENTE LUIS ENRIQUE OROZCO FLORES, colombiano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nº E-81.410.995,.....