HOMOLOGA la TRANSACCION celebrada entre las partes en los términos acordados por ellos y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, conforme a lo solicitado, se levanta la medida de Embargo Preventivo decretada por este Juzgado en fecha 28 de marzo de 2008 y practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Libertador, Fernández Feo y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en 07 de mayo de 2008, hasta por la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs. F. 44.688,70), del crédito que posee la demandada a través de la Unidad Coordinadora de Ejecución Regional UCER Táchira, en virtud del contrato N° R-A-LEA-23-2007 de la valuación N° 2 de la Obra Construcción ciudad Universitaria Upel Rubio, Municipio Junín. Se acuerda oficiar lo conducente a la Unidad UCER Táchira, con copia fotostática certifi.....