Por todas las razones de hecho y de derecho explanadas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, interpuesta por la ciudadana BELKYS ZULAY USECHE ROA contra la ciudadana CAROL YELICCE MÁRQUEZ MEDINA, ambas suficientemente identificadas en esta Sentencia, en consecuencia, CONDENA a la parte accionada en lo siguiente:
PRIMERO: PAGAR la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 110.000,00), por concepto de capital adeudado en la letra de cambio objeto de la acción.
SEGUNDO: PAGAR la suma de NOVECIENTOS DIECISÉIS BOLÍVARES CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 916,66) calculados desde la fecha de exigibilidad del pago hasta la fecha de interposición de la demanda, calculados a la tasa del 5% anual.....