PRIMERO: Admite totalmente la acusación fiscal, presentada en contra del acusado POBLADOR ORTEGA LEIDY XIOMARA, venezolana, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.934.762, nacida en fecha 19-05-1982, con domicilio en la Urbanización Cañizales, calle 1, casa No. 71, Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira, por encontrar llenas las exigencias que establece el Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 326 e igualmente existe fundamento serio para determinar la participación formal del mismo, en el delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 numeral 1° del Código Penal por inobservancia del artículo 156 ordinal 3° y artículo 258 ordinal 5° literal h del Reglamento de Tránsito Terrestre, en perjuicio de la niña María José Chacón Rodríguez; de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, que .....