Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público contra el ciudadano JOSE ALBERTO ARIAS, de nacionalidad venezolana, Natural de San Cristóbal, Estado Táchira, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-14.264.082, nacido el 21 de noviembre de 1974, de 34 años de edad, de estado civil Soltero, Comerciante, con residencia en el Palmar de la Cope, Parte Baja, casa sin número, Municipio Torbes, Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio del Adolescente DARGUINSON JAVIER BAUTISTA ROMERO. --------------
Segundo: Se admiten la totalidad de medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, descritos pormenorizadamente en el escrito de acusación, por ser de obtención lícita, pertinentes al marco fáctico del juicio, necesarios para la formalización y obtención de la verdad y de incorporación legal al debate.--------------------------.....