Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Pri-mera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, del Sistema penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declara parcialmente con lugar la solicitud de la defensa y revisa la medida cautelar impuesta al adolescente (Identidad omitida articulo 545 Lopna), de conformidad con el artículo 264 Del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Mantiene la medida cautelar sustitutiva de la pri-vación de la libertad impuesta al adolescente YAIL NICOLAS ALICANDU APONTE, Venezolano, natural de Ciudad Bolívar, titular de la cédula de identidad N° V-22.596.082, nacido en fecha 25-03-1988, de 17 años de edad, hijo de Ana Santiago Alicandu, con 6to. grado de instrucción, católico, vendedor de pasteles, quien presenta las siguientes Características Físicas: Estatura: 1,75 mts.; de contextura .....