VI
DISPOSITIVA
De todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Servidumbre de Paso interpuesta por el ciudadano DANILO ALBERTO PÉREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.684.392, domiciliado en la Aldea Sucre, Velandria, Municipio Independencia del Estado Táchira contra los ciudadanos GERARDO ENRIQUE LOBO NIÑO y MARÍA LUISA PÉREZ de LOBO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V- 9.237.946 y V- 9.222.236 en su orden, domiciliados en la Aldea Sucre, Velandria, Municipio Independencia, Estado Táchira. En consecuencia, se acuerda el Derecho de Paso como Servidumbre entre los terrenos propiedad de Danilo Pérez Pérez y María Luisa Pérez.....