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Decisiones del dia 20/12/2004

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Sig [+10] [Total de sentencias: 157] Página 3 de 16
N° Expediente : 10330 N° Sentencia : 80 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
ONTIVEROS HUERFANO PEDRO CELESTINO VS CHAPARRO BAUTISTA ALIX MARIELA
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno. Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
arriba

N° Expediente : 10308 N° Sentencia : 75 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
LARA PEDRAZA PEDRO JOSE VS LARA PEDRAZA LUIS ALFONSO Y GARRIDA SILVA JUAN DE DIOS
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno. Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
arriba

N° Expediente : 10297 N° Sentencia : 69 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
MALDONADO SANCHEZ JORGE VS ZAMBRANO LOPEZ ANTONIO RAMON
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno. Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
arriba

N° Expediente : 10276 N° Sentencia : 68 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
BELMONTE LOZADA MIGUEL JOSE VS IMACULADA BARRIGA DE ANGEL
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno. Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
arriba

N° Expediente : 10274 N° Sentencia : 66 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
LIBIA AMPARO AGUILAR GUTIERREZ VS MARIA HERIBERTA MOLINA RUJANO
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno. Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
arriba

N° Expediente : 10266 N° Sentencia : 60 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
COLMENARES ZAMBRANO JESUS EDUARDO VS MONSALVE DE RAMIREZ JULIA Y SOCIEDAD MERCANTIL DISOLVEN C.A
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno. Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
arriba

N° Expediente : 10247 N° Sentencia : 51 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
NAVAS TARAZONA ROSA ELIZABETH VS LEON MOLINA LEIDA MARCELA
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno. Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
arriba

N° Expediente : 1575-04 N° Sentencia : Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Fijación De Obligación Alimentaria
Partes:
DEMANDANTE: FANI ESTHER BLANCO PRADA DEMANDADO: LUIS FERNANDO MALDONADO MELGAREJO
Resumen:
CON LUGAR la solicitud de fijación de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, formulada por la ciudadana FANI ESTHER BLANCO PRADA, a favor de las niñas (se omiten los nombres), contra el ciudadano LUIS FERNANDO MALDONADO MELGAREJO,
Juez/Ponente:
Jeannette Esperanza Omaña Contreras
Organo:
Juzgado del Municipio Bolivar
arriba

N° Expediente : 5058-92 N° Sentencia : 6 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Honorarios Profesionales
Partes:
PARTE ACTORA: LUIS MANUEL CONTRERAS NUÑEZ, PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE)
Resumen:
homologar el presente acuerdo donde se entrega además QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 15.000.000,00) por honorarios profesionales a su apoderado con un cheque Nº 20642616 en la misma número de cuenta y Banco Banesco, y asimismo paga UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.500.000,00) con un cheque Nº 17642617 del Banco BANESCO, por concepto de pago de honorarios profesionales al Experto . Por lo tanto este Tribunal Homologa el presente acuerdo celebrado entre las partes y le otorga el carácter de cosa juzgada , dándose por terminado el presente proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena expedir dos (02) copias certificadas de la presente acta y el archivo del presente expediente. Es todo, termino se leyó y conformes firman.- Dra. Yalena Mora La Juez Abog. Eloi Enrique Valduz Vivas .....
Juez/Ponente:
Yanela Mora
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Transitorio
arriba

N° Expediente : 10316 N° Sentencia : 125 Fecha: 20/12/2004
Procedimiento:
Resolucion De Contrato
Partes:
BARRIENTOS CASTIBLANCO VICTOR JULIO VS. JAIME CONTRERAS JOSE TOMAS
Resumen:
por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno. Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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