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Decisiones del dia 20/12/2004 |
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N° Expediente :
10330
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N° Sentencia :
80
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Intimacion |
Partes: ONTIVEROS HUERFANO PEDRO CELESTINO VS CHAPARRO BAUTISTA ALIX MARIELA |
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención
De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno.
Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
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Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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N° Expediente :
10308
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N° Sentencia :
75
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Intimacion |
Partes: LARA PEDRAZA PEDRO JOSE VS LARA PEDRAZA LUIS ALFONSO Y GARRIDA SILVA JUAN DE DIOS |
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención
De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno.
Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
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Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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N° Expediente :
10297
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N° Sentencia :
69
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Intimacion |
Partes: MALDONADO SANCHEZ JORGE VS ZAMBRANO LOPEZ ANTONIO RAMON |
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención
De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno.
Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
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Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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N° Expediente :
10276
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N° Sentencia :
68
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Intimacion |
Partes: BELMONTE LOZADA MIGUEL JOSE VS IMACULADA BARRIGA DE ANGEL |
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención
De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno.
Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
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Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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N° Expediente :
10274
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N° Sentencia :
66
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Intimacion |
Partes: LIBIA AMPARO AGUILAR GUTIERREZ VS MARIA HERIBERTA MOLINA RUJANO |
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención
De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno.
Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
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Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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N° Expediente :
10266
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N° Sentencia :
60
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Intimacion |
Partes: COLMENARES ZAMBRANO JESUS EDUARDO VS MONSALVE DE RAMIREZ JULIA Y SOCIEDAD MERCANTIL DISOLVEN C.A |
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención
De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno.
Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
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Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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N° Expediente :
10247
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N° Sentencia :
51
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Intimacion |
Partes: NAVAS TARAZONA ROSA ELIZABETH VS LEON MOLINA LEIDA MARCELA |
Resumen:
Y por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención
De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno.
Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
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Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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N° Expediente :
5058-92
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N° Sentencia :
6
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Honorarios Profesionales |
Partes: PARTE ACTORA: LUIS MANUEL CONTRERAS NUÑEZ, PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) |
Resumen:
homologar el presente acuerdo donde se entrega además QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 15.000.000,00) por honorarios profesionales a su apoderado con un cheque Nº 20642616 en la misma número de cuenta y Banco Banesco, y asimismo paga UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.500.000,00) con un cheque Nº 17642617 del Banco BANESCO, por concepto de pago de honorarios profesionales al Experto . Por lo tanto este Tribunal Homologa el presente acuerdo celebrado entre las
partes y le otorga el carácter de cosa juzgada , dándose por terminado el presente proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena expedir dos (02) copias certificadas de la presente acta y el archivo del presente expediente. Es todo, termino se leyó y conformes firman.-
Dra. Yalena Mora
La Juez
Abog. Eloi Enrique Valduz Vivas
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Juez/Ponente:
Yanela Mora
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Transitorio
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N° Expediente :
10316
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N° Sentencia :
125
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Fecha: 20/12/2004 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato |
Partes: BARRIENTOS CASTIBLANCO VICTOR JULIO VS. JAIME CONTRERAS JOSE TOMAS |
Resumen:
por cuanto el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Toda instancia se extingue por el transcurso de UN año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá perención
De lo cual se infiere que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes, dado que la Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización por un año, en el que no realiza impulso procesal alguno.
Es por lo que, habiendo un periodo de inactividad procesal prolongado transcurrido más de UN año, que exista acto de procedimiento por las partes, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio conforme a la norma transcrita.
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Juez/Ponente:
Nelitza Nazaret Casique Mora
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Cristobal y Torbes
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