PRIMERO: Declara Inadmisible la demanda que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, Cobro de Daños y Perjuicios y Desalojo intentó el ciudadano OSCAR RAMIRO CARDENAS RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.646.752, domiciliado en Cordero, Municipio Andrés Bello, Estado Táchira y hábil, en su carácter de Apoderado de la ciudadana JOSEFA DE LA CONSOLACIÓN VAS DE CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-3.196.749, domiciliada en Cordero, Municipio Andrés Bello, Estado Táchira, asistido por el Abogado en ejercicio HECTOR JOSE CONTRERAS CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad No.V-15.156.382 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.104.634, contra el ciudadano ANGEL IGNACIO COLMENARES CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-3.430.346, domiciliado en Cordero, Municipio Andrés Bello, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Dada la naturaleza del alo no hay condenatoria en costas.....