REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

GADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, dieciocho (18) de noviembre de dos mil cuatro.
194º y 145º

Visto el Acto Conciliatorio de fecha 15/11/2004, cuya acta corre inserta a los folios 7 y 8 del expediente Nº 1154/2004, realizado entre los ciudadanos YOLEY MAGDALENA POVEDA NIETO Y WALTER EMIRO PARADA PARADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.775.239 y V-14.504.725; relacionado con Obligación Alimentaria, a favor del niño WALTER YOHANDER PARADA POVEDA. Por cuanto observa este Tribunal que dicho convenimiento no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. FANNY PÁEZ HERRERA
LA SECRETARIA

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Abg. Maurima Molina / Secretaria.

EXP. Nº 1154/2004
Lcm