PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 18 de agosto de 2004 por el abogado Carlos Raúl Varela Ramírez, apoderado de la presunta parte agraviada, contra la sentencia dictada el 12 de agosto de 2004 por el Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por JOSEFA YUMELY PARRA CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.107.416 contra JULIO CESAR CASTRO PABON y ARCIDA MARÍA GUTIÉRREZ JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.110.880 y V-7.328.415.