esta Instancia Agraria, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el articulo 197 ordinal 7 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia emplácese a la ciudadana Lisbeth del Carmen Marquina de Moncada, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.997.873, A la Empresa Agroindustriales Valles Altos C.A. (AGRIVALCA), en representación de Agropecuaria 113 C.A., Ganadera Valle Plateado C. A., y Agropecuaria La Dalia C.A., en la persona de su Director principal y Representante legal ciudadano José Avelino Marquina, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.756.833, igualmente a las Empresas Agropecuaria 113 C.A., Ganadera Valle Plateado C.A., y Agropecuaria La Dalia, en la persona de su representante legal, ciudadano José Avelino Marquina Gutiérrez, venezolano, mayor de edad, titu.....