Visto el convenimiento realizado en fecha once (11) de junio del año en curso, por la parte demandada ciudadana KARINA ALEJANDRA VELARDE RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.391.874, soltera, comerciante, y hábil actuando en su carácter de propietaria y representante legal de firma personal "REPUESTOS K.V", domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 82, tomo 25-B de fecha 06 de Octubre del 2.006; y los ciudadanos JORGE VENANCIO ROSALES DEL VALLE Y MARÍA CAROLINA ROSALES DEL VALLE, Venezolanos, mayores de edad, solteros, comerciantes, titulares de la cédula de Identidad N° V-11.491.346 y V-13.148.271, respectivamente, asistidos por el abogado GERARDO JOSE VILLAMIZAR RAMIREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.220.327, de este domicilio y hábil, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.697; quienes se dan .....