CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado FREDY ALONSO CALVO ALVAREZ, Colombiano, residenciado en Barrio Aeropuerto, Avenida 13, Calle 6, Casa N° 5-35, Cúcuta, República de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía N° 7.314.171, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO DE HIDROCARBUROS, previsto y sancionado en el artículo 4, ordinal 16, en relación con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando; por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO.- ACUERDA el trámite de la presente causa por el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, en virtud de que se encuentran llenos los extremos exigidos por el artículo 9 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en concordancia con el artículo 372 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal; todo de conformidad con el artículo 373 eiusdem, previa solicitud fiscal, y se ordena la remisión de las actuaciones que conforman esta causa al Tr.....