PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de Sobreseimiento realizada por la defensa de Rafael Antonio Cárdenas y en consecuencia se Admite la acusación presentada por la representante del Ministerio Público, contra los acusados RAFAEL ANTONIO CARDENAS VARELA, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido el 25-01-1962, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.216.678, de profesión Maestro de Obra, de estado civil soltero, residenciado en el Junco Páramo, vereda 8 el encanto casa sin numero, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y LUIS ENDER MORALES RAMIREZ, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido el 02-12-1976, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.631.876, de profesión Maestro de Obra, de estado civil soltero, residenciado en el Junco Páramo, vereda 8 el encanto casa sin numero, Municipio Cárdenas, Estado Táchira por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES (RECIPROCAS), previstos y sancionado en el articulo 418 del Códi.....