DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: Declara con lugar la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, realizada por los Defensores de los imputados DIONARDO JESUS CANDELA CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 18.391.475 y JOSE DAVID CASTRO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 14.348.076, actualmente privados preventivamente de su libertad en el Centro Penitenciario de Occidente, consistente en: presentaciones cada 15 días ante este Despacho, prohibición de salir de la jurisdicción del Estado Táchira, sin autorización del Tribunal e informar al tribunal sobre cualquier cambio de residencia, todo de conformidad con el artículo 256 ordinales 3°, 4° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese .....