PRIMERO: INADMISIBLE POR FALTA DE ASISTENCIA DE ABOGADO, el Recurso Contencioso Tributario ejercido por el ciudadano JUAN DE DIOS CANO JARAMILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° E-82.016.352, en su carácter de Gerente General de la sociedad mercantil CERVECERIA Y RESTAURANT LA CARBONERA, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 02 de Agosto de 1995, e inserto bajo el N° 36, del Tomo 27-A, Tercer Trimestre, de los libros respectivos, con domicilio fiscal en la Urb. Juan de Maldonado, Carrera 9 Bis, con Calle 5, N° 3-31, San Cristóbal, Estado Táchira, contra la Resolución de Imposición de Sanción N° RLA/DF/LTC/2000-084, de fecha 27 de Diciembre de 2000, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT),