EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano CARLOS EDIXON YSCALA TORRES, de nacionalidad Venezolana, natural de Santa Bárbara del Zulia, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° V.-19.404.663, nacido en fecha 21 de Mayo de 1985, de 25 años de edad, hijo de Rosalba Yscala Torres (v) y padre desconocido, soltero, de profesión u oficio taxista; residenciado en la carrera N° 3, con calle 5, casa N° 5-10, Barrio Ocumare, San Antonio, estado Táchira, 0426-6772713, en la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto en el articulo 322, y sancionado en el artículo 319, ambos del Código Penal, en perjuicio de la fe pública, de conformidad con lo pre.....