ÚNICO: ACUERDA, OTORGARLE Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad, al imputado DIEGO ALONSO FLOREZ ALVAREZ, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, de 42 años de edad, metalúrgico, soltero, nacido el 16-03-1963, hijo de Emiliano Florez Bautista (v) y de María Luisa de Florez (v), titular de la cédula de identidad N° V-9.235.438y residenciado en la carrera 1 con calle 7, de la Concordia, casa N° 6-32, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono 0276-3461443; por cuanto en fecha 30-07-2004 este Juzgado Tercero de Control de esta Circunscripción Judicial Penal, le dictó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el primer paragrafo del artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la niña D.N.M, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal,.....