En consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO NUEVE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Negar la solicitud de Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada a la imputada HELEN JOHANNA ESCOBAR ROJAS, de nacionalidad colombiana, Natural de Medellin, República de Colombia, Titular de la Cédula de Ciudadanía Nº C.C.- 41.954.960, nacido el 04 de Noviembre de 1982, de 22 años de edad, de estado civil Soltera, Comerciante, Bachiller, hijo de María Escobar (v), con residencia en medellín, Itaguin, Barrio La Sierra, calle 35, N 3-08, República de Colombia, teléfono: 094-3622535, por la presunta comisión del tipo penal de Uso de Documento Público Falsificado, previsto y sancionado en el artículo 323 del Código Penal, en perjuicio de la Fe Pública, en consecuencia mantiene con todos sus efectos l.....