RESUELVE:
PRIMERO: OTORGAR la solicitud de beneficio de "DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO" o comúnmente llamado "REGIMEN ABIERTO" al penado CARLOS ENRIQUE ALARCON NIÑO, de condiciones civiles y personales que constan en la providencia, pues SI se cumplen de manera concurrente (todas) las exigencias que la ley prescribe para que en el caso presente se pueda conceder el "REGIMEN ABIERTO" a que aspira el penado.
SEGUNDO: El penado CARLOS ENRIQUE ALARCON NIÑO, cumplirá el beneficio otorgado en el Centro de Tratamiento Comunitario "Lic. Piedad Leonor Rodríguez Avendaño", ubicado en Final Avenida Universidad, vuelta de Lola, Esquina, Calle Bella Vista, al lado de la Inspectoría de Tránsito Mérida, Estado Mérida, por contar en la jurisdicción de dicho Estado con su apoyo familiar.
TERCERO: IMPONER las condiciones a las cuales debe someterse CARLOS ENRIQUE ALARCON NIÑO, las cuales son las siguientes:
1. No salir del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, sin autori.....