DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 399 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda la Colocación Familiar de la niña: ORIANA PAREDES PEREZ, venezolana, nacida en fecha 26 de Noviembre de 1.998, según acta de nacimiento Nro. 1.869 de fecha 29 de Diciembre de 1.998, expedida por la Prefectura de la Parroquia la Concordia del Municipio San Cristóbal en el Estado Táchira, hija de: JUAN PAREDES RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.816.264 y de: MILANYELA PEREZ CORONA, fallecida, venezolana, mayor de edad, quien en vida se identificaba con la cédula de identidad Nro. V-14.782.853, en el hogar de los ciudadanos: HERMES OLIVO PEREZ AGUILAR y RITA ELENA CORONA CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.203.081 y V-1.587.231 en su orden, residenciados en la Urbanización Villa del Educador, Acevita, Casa Nro. 159-A .....