´"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del documento privado del documento de compra-venta celebrado por los ciudadanos JESUS ENIL PACHECO REYES y OSMAR JHULIAN BELTRAN SANCHEZ, venezolanos, casado el primero, soltero el segundo, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-23.240.332 y V-29.848.325, en su orden respectivo, domiciliado el primero en la calle 13, Barrio Luis Herrera, parte baja No. 1-28, el segundo en calle 12, casa sin número, Barrio Bolívar, Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira; de fecha 04 de agosto de 2025; pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las diez horas y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), del día de hoy jueves c.....