"...De las pruebas presentadas, las cuales han sido previamente valoradas se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por la solicitante, en consecuencia de ello, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursante en el expediente suficientes para declarar:
Como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante PASTORA MEDINA, quien era venezolana, con cedula de identidad N° V-1.533.392 a su hijos YOLANDA DEL CARMEN MEDINA, JOSE ERNESTO MEDINA, LUIS ELADIO MEDINA, ERIBERTO ANTONIO MEDINA, ROSA AURA MEDINA DE FARIÑA, ANA DELFA MEDINA DE MENDOZA, RIGOBERTO MEDINA, MARIA ISABEL MEDINA, YUVANI BAUTISTA MEDINA y BLANCA MARBELLA MEDINA, venezolanos, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nos. .....