"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos MILEXY GABRIELA CABALLERO BALLESTEROS, ZULAY MIREYA CABALLERO BALLESTEROS, ENYELBER JESUS CABALLERO BALLESTEROS Y WILLIAMS ALEXANDER RONDON GUTIERREZ, venezolanos, todos solteros, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-20.368.863, V-19.866.817, V-20.368.862, y V-11.914.218, respectivamente, domiciliados en la Población de La Palmita, Municipio Panamericano del Estado Táchira siendo todos civilmente hábiles, firmado en fecha 21 de marzo de 2026, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS.
Asimismo, se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas y solicitadas por las pa.....