PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, SE HOMOLOGA el convenimiento realizado por los ciudadanos CARMEN ALICIA TARAZONA DE HURTADO y RODRIGO HURTADO TRUJILLO, venezolanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 11.503.459 y V.-17.075.390, respectivamente, domiciliados en la Calle 10, Carrera 19 y 20, Casa Nº 19-75, Barrio Obrero, Parroquia Pedro María Morantes, Estado Táchira y civilmente hábiles, representados por su apoderado abogado FREDDY ALFREDO SAYAGO CHACÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 246.571, representación que consta en Poder Especi.....