DISPOSITIVO
De lo antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO CINCO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al imputado CARLOS DANIEL CERON GARCIA , Venezolano, natural Tariba , nacido en fecha 05/12/1979, de 28 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.502.724 hijo de Carlos Julio León (v) y Maria Gladis Ceron (v), residenciado Barrio Bolívar, Urb. Don Simón Santa Teresa, nº 22 calle 1 San Cristóbal, Estado Táchira, en concordancia con los artículo 321 y 330 numeral 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se impone como medidas de seguridad al ciudadano CARLOS DANIEL CERON GARCIA, las previstas en los ordinales 2°, 3° y 4° del artículo 76 de Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; es decir.....