Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por CARMEN YAIRA PAVON PINTO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.9.210.329, de este domicilio, contra: Sociedad Mercantíl CENTRO DE CAPACITACIÓN TÉCNICA (ICATEC) C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 03 de julio de 1.985, bajo el No.11 tomo 16-A, con posteriores reformas, en la persona de su Presidente ciudadano JOSÉ FORTUNATO RINCÓN PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. 12.630.456, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos.
SE CONDENA a la parte demandada, al pago de la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIV.....