este Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: Declara con lugar la solicitud de Revisión de Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, a los imputados, ANDRES MAXIA AMAYA MENDIETA y HENRY CRUZ MEDINA, colombianos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Ciudadanía Nrs. 94.317.050 y 94.517.797, en su orden y residenciados, el primero en la Carrera 14, N° 11-16, Barrio las delicias, Frente al Polideportivo, La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira y el segundo en Barrio Las delicias, frente al Polideportivo de la Fria, Municipio García de Hevia, Estado Táchira que de conformidad con el artículo 256, ordinales 3° y 8° y 257 del Código Orgánico Procesal Penal, será del orden siguiente: 1-. Presentarse cada 30 días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; 2.- Caución Económica por un monto equivalente.....