Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, realizada por el abogado ANTONIO JOSE MARTINEZ CASANOVA, apoderado judicial de la parte demandante, por una parte y por la otra la ciudadana LADY SOLIMAR VERA CONDE, asistida por el abogado GERMAN PEÑARANDA, parte demandada, en los términos por ellos establecidos. En consecuencia, se levanta la medida de embargo preventivo decretada por este Despacho, en fecha 29 de Octubre de 2007. A los fines de oficiar lo conducente respecto al levantamiento de la medida, por cuanto el vehículo no fue legalmente embargo por el Juzgado Ejecutor, sino que sólo fue retenido por el cuerpo de Transito Terrestre, líbrese oficio al Estacionamiento Vivas del Municipio Junín a fin de hacer la entrega del .....