En consecuencia, este Tribunal DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
1.- Ordena seguir formalmente el proceso por los trámites del juicio ordinario por lo que al día siguiente al de hoy, la cusa quedará abierta a pruebas.
2.- Se decreta la INTERDICCIÓN PROVISONAL de los ciudadanos Rosa Margarita y Gerardo Antonio Méndez Chacón, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V ¿ 21.179.907 y V ¿ 13.763.918, domiciliados en la calle 2, casa Nro. 11 ¿ 28, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira.
3.- Se nombra como tutor interino de los ciudadanos Rosa Margarita y Gerardo Antonio Méndez Chacón, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V ¿ 21.179.907 y V ¿ 13.763.918 respectivamente, domiciliados en la calle 2, casa Nro. 11 ¿ 28, La Grita.....