Vista la TRANSACCION celebrada en fecha 17 del presente mes y año, entre los ciudadanos: abogada MARISELA ORRAIZ DE SANCHEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No.34.895, en su carácter de apoderada judicial de la demandante Sociedad Mercantil ALQUI-BIENES LA INTEGRAL C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 20 de enero de 2.006, bajo el No. 75 Tomo 1-A Primer Trimestre, de este domicilio; y la parte demandada ciudadanos EDICSON JOSE RODRÍGUEZ UGARTE, JOSE DOLORES RODRÍGUEZ PIÑA y AURA STELLA UGARTE DE RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos 10.819.859, 2.856.901 y 3.794.699, en su orden, el primero en su carácter de Arrendatario y los dos últimos como Fiadores Solidarios, de este domicilio; asistidos por la abogada SUSANA MARTINEZ FIGUEROA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No.53.280.406; que corre al folio 23, en el expediente No.11.431-08; este Juzgado conforme a la norm.....