En consecuencia por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juez Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de a Ley: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, el Aumento de La Obligación de Manutención, formulada por la ciudadana: YADIMIR DEL PILAR CEBALLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.740.874, en contra del Ciudadano: JOSÉ ELOY VELAZCO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.745.673, en beneficio e interés del niño (NOMBRES OMITIDOS POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA)