este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos: ANTONIA ANCELI PÉREZ VIUDA DE GARCÍA, JOSÉ ANACLETO GARCÍA PÉREZ, AURA CRISTINA GARCÍA DE GELVIZ, BERTA DEL CARMEN GARCÍA DE CORREDOR, EUGENIA DEL SOCORRO GARCÍA PÉREZ, ROSALBA EDUVIGES GARCÍA PÉREZ Y RICHARD ORLANDO GARCÍA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V-1.901.003, V- 5.732.723, V- 9.193.418, V- 9.353.373, V- 9.356.309, V- 11.300.001, V- 17.083.465 en su orden, viuda la primera, casadas la tercera y la cuarta, solteros los demás, domiciliados en la Población de la Fría, Municipio García de Hevia, la primera, la sexta y el último, en la ciudad de San Cristóbal el segundo y la quinta y en el Municipio Córdoba, Santa Ana la terc.....