REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

En horas de despacho del día de hoy, trece (13) de julio de 2006, siendo las diez de la mañana (10:00), presentes por ante este Tribunal los ciudadanos FRANCY CONTRERAS CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° 11.111.977 y JOSE DAVID CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° 17.493.009, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por pensión de alimentos a favor de la niña YENIFER DEIMAR CONTRERAS CONTRERAS. Ser da inicio al acto por el ciudadano Juez Temporal. Acto seguido se le concede el derecho de palabra al obligado de autos, quien expuso: Que ofrezco como pensión de alimentos para mi hija, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 50.000°°) MENSUALES; cuota extraordinaria de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (BS. 200.000°°) para el mes de diciembre y me comprometo a cubrir en un cincuenta por ciento (50%) los gastos médicos y de medicina que requiera nuestra hija; igualmente me comprometo a elevar la pensión de alimentos a partir del mes de enero de 2007. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la solicitante, quien manifestó: Estoy de acuerdo con lo ofrecido por el padre de mi hija y solicito la apertura de una cuenta de ahorro para el depósito de la pensión de alimentos acordada. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo en el presente acto conciliatorio, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, lo homologa de conformidad con lo establecido en el articulo 375, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, otorgándole el carácter de cosa juzgada. Es todo, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TEMPORAL

AGOG. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMIREZ

FRANCY CONTRERAS CONTRERAS

JOSE DAVID CONTRERAS


EL SECRETARIO TEMPORAL

ABOG, JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ.