D E C I S I Ó N
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en Sede Agraria administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide.
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la Cuestión Previa contemplada en el artículo 346, numeral 1º del Código de Procedimiento Civil, relativa a la incompetencia del Tribunal, promovida por los Ciudadanos LIBERIO ZAMBRANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.074.600, y GAUDENCIO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.101.909, soltero, a través de su APODERADO JUDICIAL Abogado Humberto Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.061.309.
SEGUNDO: En consecuencia, ordena remitir las actuaciones al Juzgado (Distribuidor) de PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO para que cono.....