En vista de las consideraciones de hecho y de derechos realizadas, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA PROCEDENTE la Denuncia Mercantil, formulada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL CHACON JAIMES, ANA SOLEDAD CHACON JAIMES, EDICTA CHACON DE MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.207.273, V-5.644.883, V-5.644.884, respectivamente, contra los ciudadanos GONZALO CHACON JAIMES, ROSA MARIA CHACON JAIMES, JESUS ANTONIO PEÑALOZA GARCIA, KARINA YULEIDY DELGADO VIVAS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.027.620, V-5.027.621, V-5.022.030, V- 20.123.112 respectivamente.
SEGUNDO: SE CONVOCA a una Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Mercantil PARQUE CEM.....